Entre Ríos y Santa Fe buscan robustecer la Convención Nacional
- Details
- Category: Entre Ríos y Santa Fe buscan robustecer la Convención Nacional
Hacia Diciembre de 1828 surgieron algunas desinteligencias con la Convención Nacional reunida en Santa Fe. Contando con el apoyo del gobernador de Santa Fe, Estanislao López, el presidente de aquel Organismo, Vicente Anastacio de Echevarría, se dirigió al Gobierno de Corrientes poniéndolo al tanto del desarrollo de los sucesos:
* comunicándole los sucesos desarrollados en Buenos Aires;
* refiriéndose a la incomparencia de los diputados de Corrientes, Córdoba y San Luis, y uno de Mendoza;
* al no reconocimiento del Organismo -en su carácter nacional- por otras provincias; y,
* urgiéndola a que su diputado se incorporase a ella, para sostener en su seno el pensamiento de Corrientes de que la Asamblea debía declararse en “Congreso Constituyente” y la cuestión planteada como previa, respecto al diputado de Misiones.
Aconsejaba a la provincia para que eligiese un reemplazante del diputado Bernardo Igarzábal, que había fallecido, solicitando -finalmente- que la Nota fuera pasada al Congreso correntino, y
“advirtiendo, no podría excusarse de proceder según lo señalara la urgencia de los acontecimientos y la necesidad de proteger a las provincias de los males que las amenazaban”. He aquí el oficio:
Santa Fe, Diciembre 17 de 1828
“Exmo. Señor Gobernador y Capitán General de la provincia de Corrientes.
“El Presidente del Cuerpo Nacional reunido en esta ciudad ha recibido y expuesto a la consideración de la Sala la Nota del Exmo. Sr. Gobernador y Capitán General de la provincia de Corrientes y, en contestación a ella, tiene orden para hacer a S. E. las explicaciones que va a exponer y recaba en consecuencia una resolución instantánea.
“En esta debe necesariamente influir el desgraciado suceso que tuvo lugar en esta ciudad el 9 del corriente. En la noche de esa fecha, falleció el Sr. Bernardo Igarzábal, diputado por Corrientes al Cuerpo Nacional.
“Esta Sala aunque no tuvo la satisfacción de verlo en su recinto, sensible a su pérdida, encargó a una comisión de su seno le tributase por parte del Cuerpo los honores fúnebres, lo que así se verificó.
“Debe también sugerir a la provincia de Corrientes una resolución terminante, la remarcada ocurrencia del primero del presente en la Ciudad de Buenos Aires. La primera división del Ejército Nacional, que acababa de llegar del territorio oriental, depuso a las autoridades provinciales y por el mismo hecho a la autoridad nacional que provisoriamente habían depositado casi todas las provincias en la persona del Sr. gobernador de la de Buenos Aires coronel Dn. Manuel Dorrego.
“El Sr. Gobernador de Corrientes está -sin duda- penetrado de la inmensa trascendencia y largas consecuencias de este trastorno. La República vuelve a quedar en acefalía precisamente en los momentos críticos de llevar a ejecución unos Tratados de Paz que envuelven intereses de inmensurable magnitud y exigen de las potencias contratantes la más vigilante aplicación al tiempo de su cumplimiento.
“Sus relaciones externas, por otra parte, sus Ejércitos, cuanto le pertenece, todo está hoy sin dirección, todo queda sujeto a la ciega ley del acaso. Estas consideraciones que reclaman enérgicamente la acción de los R.R. nacionales, la demandan con la urgencia del momento si se atiende al espíritu que ha animado la insurrección de las tropas en Buenos Aires y a la actitud que -en consecuencia- se hará tomar a esta provincia.
“Si, como es de temerse, sus nuevas disposiciones colocan a las demás en una posición violenta, no es fácil entonces predecir los estragos que hará sobre esta desgraciada República la tempestad que ya se siente tronar. Sólo los R. R. de la Nación pueden tal vez conjurarla; sólo ellos -reunidos en Cuerpo- discutiendo con calma los diversos intereses que van a cruzarse, modificándolos, pueden quizás conciliarlos o hacer menos desastrosos los males que no sean posible evitar.
“Pero el Cuerpo de Diputados reunidos en esta ciudad no puede sino con bastante improbabilidad prometerse suceso en esta crisis. Se halla hoy más disminuido aún que cuando el 25 de Septiembre se instaló urgido por la instantánea e imprescindible necesidad de considerar la Convención Preliminar de Paz, que el poder competente sometió a su examen.
“Autorizó entonces -por la unanimidad de los D. D. de las nueve provincias representadas- la ratificación de ese Tratado; la paz se hizo en esa virtud y los R. R. concurrentes han tenido la complacencia de ver confirmado y aplaudido este acto por todas las provincias distributivamente.
“Después de esto, el 4 de Noviembre, se separaron a consecuencia del Tratado los D. D. del territorio oriental, felicitando al Cuerpo a nombre de sus comitentes y agradeciéndole la parte principal que había tomado en la dirección de su suerte. El Cuerpo, desde entonces en conformidad a lo que anunció en su Circular del 26 de Septiembre, se ha abstenido de tomar alguna resolución importante ni aún ha declarado su carácter y, en varias reuniones que ha celebrado sus deliberaciones, han tenido siempre por base la necesidad de atraer a su seno las provincias que aún no están en él.
“Entretanto, los S. S. D. D. de Corrientes, Córdoba. San Luis y uno de los de Mendoza, que el 25 de Septiembre se creyeron impedidos para asistir a la inauguración por la falta de los de Catamarca, no se han creído habilitados por el arribo de estos S. S. a esta ciudad, en el mes de Octubre y ni los segundos ni los primeros se han incorporado.
“A pesar de haberse ya vencido el inconveniente que entonces se adujo, a pesar del tiempo transcursado, a pesar de las deferencias que se ha manifestado hacia las provincias no representadas y, es preciso también decirlo, a pesar de los respetos que merecen las que este Cuerpo representa, él no ha tenido la satisfacción de leer una respuesta categórica de las autoridades de aquéllas, una manifestación franca de sus disposiciones hacia este Cuerpo para proceder en virtud de ellas.
“Es verdad que el Poder Ejecutivo de San Luis -en oficio del 22 de Octubre dirigido al Cuerpo- califica de sabia y patriótica resolución de los D. D. que se instalaron el 25 de Septiembre; es verdad que el Superior Gobierno de Córdoba en comunicación del 10 del presente, dirigida al mismo Cuerpo por conducto del infrascripto, exita a los D. D. a que, revistiéndose de toda energía, den Instituciones saludables al pais y los libren de la presente crisis; es verdad que este mismo Gobierno adjunta a la susodicha comunicación un decreto de la H. Legislatura por el que remueve a los S. S. Salguero y Castro -diputados en ésta por aquella provincia- y ordena que se elija a los que inmediatamente vengan a subrogarlos; pero ni ésas ni la Nota a que se contesta, salvan del todo la incertidumbre, ni arrojan bastante luz sobre el reconocimiento de este Cuerpo por parte de las provincias mencionadas.
"S. E., el Sr. Gobernador de Corrientes, comunica que su H. Legislatura ha resuelto no serle posible reformar las Instrucciones que tiene dadas a su representante al Congreso Nacional, pero esta Asamblea ignora si esas Instrucciones impiden que el representante de Corrientes se incorpore a ella en el estado que hoy tiene, en consecuencia si el Cuerpo debe esperarlo o no.
“Si como parece indicarlo la Nota de S. E., la opinión de su provincia es que la Representación Nacional se declare precisamente en Congreso Constituyente, el que la representa debería por lo mismo incorporarse para sostener esta idea luego que llegase el caso de tratarse sobre el carácter del Cuerpo; si la mayoría de la Sala no la acogía, tendrá entonces la oportunidad de retirarse.
“Lo mismo debe decirse de la Instrucción que ciertamente ha dictado esa Legislatura con respecto a Misiones. El Sr. Igarzábal asistió a la Sesión Preparatoria en que se aprobó el poder del Sr. diputado de Misiones; no se opuso a este acto y en la comisión de poderes a que perteneció se manifestó convencido de que la Sala -antes de su solemne instalación- carecía de facultades para decidir sobre el carácter y representación de ese territorio, ni sobre la legalidad de sus autoridades; que entonces sólo se trataba de canjear los poderes y sólo podría decidirse si ellos estaban o no concebidos con arreglo a las formas conocidas; que instalado el Cuerpo y con la autoridad que por la declaración de su carácter le diese solvencia sobre la calidad de Misiones; y si debía o no continuar en los comicios nacionales con la representación que hasta ahora; y que el mismo diputado de Corrientes debería promover esta cuestión ante la autoridad nacional cuando ésta estuviese instalada y reconocida por su provincia, obrando entonces según las Instrucciones y en vista del resultado.
"Tales fueron los fundamentos que para aprobar los poderes presentados por el territorio y autoridades de Misiones tuvieron los S. S. D. D. en Sesiones Preparatorias, cuando todavía no existia la autoridad nacional competente para entender en las pretensiones de la materia.
“Si después de instalado el Cuerpo no se ha ocupado de este asunto, ha sido porque esperaba al efecto a los D. D. de varias provincias, entre ellas al de Corrientes.
“En suma, el Cuerpo cree que sean cuáles fuesen sus deseos, sus pretensiones, sus ideas con respecto a asuntos nacionales, jamás podrá obtenerlos sin deducirlos por medio de sus R. R. incorporados según las formas a la Asamblea de los demás.
“En fuerza de esta explicaciones y al respecto de los peligros que hoy presenta la República, el Cuerpo de Diputados excita a la provincia de Corrientes a que concurra a salvarlo, eligiendo inmediatamente al que deba reemplazar al Sr. Igarzábal y previniéndole que sin perder momentos se incorpore a esta Asamblea, salvas las Instrucciones que haya tenido a bien sancionar.
“Entretanto la Sala, que contiene la mayoría de las provincias, no podrá abstenerse de proceder según lo impere la urgencia de los sucesos y la necesidad de poner a sus comitentes en precaución de los males que amenazan. Ultimamente ha acordado que su presidente recomiende y encarezca al Señor Gobernador de Corrientes la instantánea necesidad de elevar esta Nota al conocimiento de la H. Legislatura y recabar de ella una breve y terminante resolución.
“El infrascripto presidente, al cumplir el Acuerdo de la Sala, tiene la satisfacción de saludar al Exmo. Señor Gobernador a quien se dirige”(1).
Vicente Anastacio de Echevarría - Presidente
José Francisco Benítez - Secretario
(1) Oficio del 17 de Diciembre de 1828 por el cual el Presidente del Cuerpo Nacional informa al Gobierno de Corrientes sobre los sucesos de Buenos Aires. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929), Capítulo X. Edición del Estado.
Como se puede leer, desde Sante Fe le decía al gobernador Cabral que después de la reunión del 25 de Septiembre de 1828, en que se autorizó -con el voto de los diputados de nueve provincias- la ratificación de los Tratados de Paz con el Brasil, el Cuerpo Nacional -le decía- se ha abstenido de tomar resolución importante y sus deliberaciones han tenido siempre por base atraer a su seno a las provincias.
Luego de aludir a la incomparencia de los diputados por Corrientes, Córdoba y San Luis y uno de Mendoza; al no reconocimiento del Cuerpo -en su carácter nacional- por otras provincias, se refería a la actitud de Corrientes, a su pensamiento de que la Asamblea debía declararse en Congreso Constituyente, para lo cual -agregaba- el diputado debe incorporarse para sostener esa idea, y a la cuestión planteada como previa respecto al diputado por Misiones.
Sobre este asunto historiaba la actitud del ex diputado Bernardo Igarzábal, caracterizando su pensamiento de que la cuestión debía hacerse recién después que el Cuerpo estuviese instalado y reconocido.
Concluia excitando a la provincia para que eligiera reemplazante de Igarzábal y lo incorporase a la Asamblea, solicitando que la Nota se pasara a conocimiento del Congreso de Corrientes y advirtiendo no podría excusarse de proceder según lo señalara la urgencia de los acontecimientos y la necesidad de proteger a las provincias de los males que las amenazaban.
- Reiteran reclamo de “firme colaboración” a Corrientes
El pedido de firme colaboración de la provincia fue reiterado el 23 de ese mismo mes (Diciembre), por el nuevo Presidente de la Convención, don Manuel Vicente de Mena:
Santa Fe, Diciembre 23 de 1828
“Al Exmo. Señor Gobernador y Capitán General de Corrientes.
“Los adjuntos impresos instruirán al Sr. Gobernador de la provincia de Corrientes del atentado en la persona del E. S. don Manuel Dorrego, a quien los pueblos habían confiado inmediatamente la dirección de sus mas sagrados intereses.
“Debe también saber el Señor Gobernador que el Gobierno revolucionario de Buenos Aires ha dado orden a los Señores D. D. de aquella provincia para que se retiren del Cuerpo de la Nación.
“Este se prepara a reclamar compromisos solemnes, a proveer de jefe a la República y a marchar en todo sentido según lo demanda el estado que hoy tiene.
“Es necesario obstruir para siempre las vías de hecho por donde ha corrido tanta sangre argentina. El Cuerpo Nacional para las operaciones que va a emprender, espera verse robustecido con el vigor, decisión y energía pronunciadamente de las autoridades y pueblo de la provincia de Corrientes.
“El infrascripto, Presidente del Cuerpo Nacional, al dirigirse de su orden esta comunicación al Exmo. Señor Gobernador de la expresada provincia, lo saluda del modo más atento”(2).
Dr. Manuel Vicente de Mena
José Francisco Benítez
Como se observa, pocos días después -ya en la presidencia de la Convención Nacional, Manuel Vicente de Mena- se reiteró el pedido de “firme” colaboración de la provincia; hacía presente que el Gobierno de Buenos Aires había dispuesto se retirasen sus diputados y que la Convención se preparaba a proveer de jefe a la República procediendo con energía.
(2) Oficio del 23 de Diciembre de 1828 por el cual el presidente de la Convención Nacional requiere la cooperación firme de la provincia. // Citado por el doctor Hernán Félix Gómez. “Corrientes y la Convención Nacional de 1828 (de la Renuncia de Rivadavia a la Liga del Litoral)” (1928), segunda parte: “Documentos Publicados”, sección V: “La Convención de 1828”. Ed. Imprenta del Estado, Corrientes.
Santa Fe y Entre Ríos abundaron en el mismo sentido; querían convertir a la Convención en el centro de la opinión del país, arbitrando recursos, proveyendo a las necesidades públicas, etc.
“Los más sagrados intereses de las provincias exigen -decían- que éstas se muestren unidas, pues toda divergencia, cualquier disputa entre ellas, cedería en provecho de sus enemigos”.
A continuación el texto completo del escrito:
Santa Fe, Diciembre 24 de 1828
“Excelentísimo Señor Gobernador y Capitán General de la provincia de Corrientes.
“Los infrascriptos gobernadores de Santa Fe y Entre Ríos tienen la satisfacción de dirigirse a S. E. el Señor Gobernador de la provincia de Corrientes con el objeto de excitar su conocido patriotismo a una medida más que nunca importante en las circunstancias de hoy.
“Los revolucionarios de Buenos Aires, después de haber dispuesto de la fuerza, han cometido el atentado de fusilar al señor, don Manuel Dorrego, colmando así de ultrajes a las provincias que le habían confiado la dirección provisoria de los asuntos nacionales y sin más delito que haberlos desempeñado a satisfacción de todos y en estricta consonancia con los principios de igualdad que inspira el espíritu federal.
“Estos hombres, que miran en nada los respetos de los pueblos, han añadido, si se puede añadir al anterior, otro crimen, dando órdenes a los diputados de Buenos Aires en el Congreso Nacional, reunido en esta ciudad, para que se retiren; esta medida cede en manifiesto desprecio de los Tratados solemnes que celebró aquella provincia con algunas y de sus compromisos notorios con todas.
“Mientras los Gobiernos sensibles a tan enormes agravios, se apresuran a vindicarlos, haciendo sentir la dignidad de los pueblos que presiden, los infranscriptos creen muy conducente al efecto robustecer y fortificar el Cuerpo Nacional existente en esta ciudad.
“Con la representación de todas las provincias que se han convenido en formarlo, a más de los bienes que un Cuerpo de esta clase es capaz de producir en todo caso, él impondrá ahora respecto a los que se atrevan a ultrajarlas; seria el centro de la opinión, alentaría el espíritu público, arbitraría recursos y proveería en todo sentido a las necesidades públicas; asi, la Nación saldría regenerada de sus conflictos mismos.
“Pero la representación ninguno de estos bienes promete en el estado de languidez en que hoy se halla, sin la concurrencia de varias provincias respetables.
“S. E. el Señor Gobernador de la provincia de Corrientes siente bien el valor de estas indicaciones y la necesidad de que su provincia concurra a integrar la Representación Nacional.
“En consecuencia, los infrascriptos gobernadores interponen su amistad y la de las provincias que presiden a fin de que la autoridad competente de ésa comunique a sus D. D. las convenientes Instrucciones para que se incorporen desde luego a esta Asamblea, sobreponiéndose a cualquier informalidad que se crea notar en la instalación del 29 de Septiembre.
“Los más sagrados intereses de las provincias exigen que se muestren reunidas y toda divergencia, cualquier disputa entre ellas, cedería en provecho de sus enemigos.
“Los infrascriptos creen también que en la nueva posición que hoy tiene la República, convendría mucho ampliar en lo posible las Instrucciones que traigan los S. S. D. D. para que puedan obrar según lo demanden la presencia de los sucesos.
“Los gobernadores que suscriben aprovechan esta ocasión para reiterar a S. E., el Señor gobernador de la provincia de Corrientes, sus sentimientos de amistad y aprecio”(3).
León Solá - Estanislao López