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Comprobación documental de los Gobernadores Constitucionales Propietarios

- Manuel Antonio Ferré, Gobernador Propietario

El 2 de Abril de 1839 el Congreso dicta una ley designando Gobernador Provisorio a Pedro Juan Ferré.

* El 5 de Abril de 1839, por ley el Congreso autoriza la delegación del P. E. en el diputado Manuel Antonio Ferré (hermano de aquél).

Es decir, Pedro Juan Ferré estuvo en la ciudad con la potestad del P. E. hasta el 5 de Abril de 1839 en que -siendo su presencia urgentemente reclamada en la campaña por la gravedad de las circunstancias- delegará en el coronel Manuel Antonio Ferré el mando de la provincia para todos los asuntos diarios y de reglamento.

* El 8 de Mayo de 1839, por ley, el Congreso designa Gobernador Propietario al coronel Manuel Antonio Ferré. La ley dictaba lo siguiente:

"Sala de Sesiones, en Corrientes, Mayo 8 de 1839

¡Viva la Federación Argentina!
Año 30 de la Libertad y 24 de la Independencia

El H. G. C. al Excelentísimo Señor Gobernador y Capitán General de la Provincia.
“Reunido el Honorable Congreso General, con el objeto de nombrar el Gobernador y Capitán General propietario, según lo ha resuelto en la Sesión del día 6 del corriente y, procedida la votación, recayó por pluralidad de sufragios en la persona del coronel Dn. Manuel Antonio Ferré; en consecuencia, en Sesión de este día ha acordado y sancionado lo siguiente:
Art. 1.- Queda nombrado Gobernador y Capitán General de la Provincia, por todo el término que falta al presente trienio, el coronel ciudadano Dn. Manuel Antonio Ferré.
Art. 2.- El gobernador electo se apersonará ante la Sala el día de mañana 9 del corriente a las 10 de ella a prestar el juramento de ley.
Art. 3.- Transcríbase al P. E. para su cumplimiento. Y el presidente que suscribe, de orden de la Honorable Sala se lo comunica a V. E. para su inteligencia.
Dios guarde a V. E. muchos años(1)(2).

Angel Mariano Vedoya - Presidente
Teodoro Gauna - Secretario

"Corrientes, Mayo 8 de 1839
"Cúmplase la presente Honorable Resolución, publíquese, circúlese en la forma de costumbre y dése al Registro Oficial".

Pedro Ferré

(1) Ley del 8 de Mayo de 1839 designando Gobernador al coronel Manuel Antonio Ferré, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes.-.
Dice el historiador Hernán Félix Gómez: “La última disposición firmada por el gobernador provisorio Pedro Ferré fue un decreto -de fecha 8 de Mayo de 1839- poniendo en posesión del mando de la provincia a su hermano, el citado coronel Manuel Antonio Ferré que, desde antes de esa fecha, figuraba como gobernador delegado”.
(2) Ley Autorizativa del 8 de Mayo de 1839 (más arriba citada) y decreto de delegación de ese día. // Todo citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde el Tratado del Cuadrilátero a Pago Largo)”, capítulo XXVI.

De aquí se deriva que Pedro Juan Ferré es sustituido -el 8 de Mayo de 1839- por el electo en propiedad por el Congreso, Manuel Antonio Ferré, quien estará gobernando desde la ciudad capital hasta el 16 de Mayo de 1839 en que delegará -autorizado por el Congreso el día anterior- el mando gubernativo en el diputado Pedro Dionisio Cabral:

Sala de Sesiones, en Corrientes, Mayo 15 de 1839

Señor Gobernador de la Provincia.
Exmo. Señor:
El Honorable Cuerpo Permanente ha tenido a la vista la Nota de V. E. de esta fecha en la que solicita se separe del Cuerpo el diputado n. Pedro D. Cabral, a fin de delegar en su persona el Gobierno por el tiempo que V. E. falte de ésta a la reparación de las necesidades distantes de la campaña, por cuya razón la Sala ha deliberado en Sesión de hoy que el referido Dn. Pedro D. Cabral quede expedito, para la colocación a que V. E. pretende destinarlo.
Lo que el Presidente que firma pone al conocimiento de V. E. de orden de la Honorable Sala(3).

(3) Ley del 15 de Mayo de 1839, autorizando se encargue del P. E. al diputado Pedro Dionisio Cabral, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes.

El Gobernador Propietario estará en campaña hasta el 22 de Mayo de 1839, día en el que se dicta la siguiente ley:

Sala de Sesiones, en Corrientes, Mayo 22 de 1839

Al Exmo. Señor Gobernador y Capitán General de la provincia, Dn. Manuel Antonio Ferré.
El Honorable Congreso General, en vista de la Nota de V. E. de fecha de hoy, y hecho cargo de las poderosas razones aducidas en ella y que han pesado en el ánimo de V. E. a hacer su renuncia del cargo de Gobernador y Capitán General con que esta Representación lo había investido, ha acordado -en Sesión de este mismo día- admitírsela y, enseguida procedido al nombramiento del sucesor que debe reemplazarlo, cuya elección recayó en la persona del señor coronel Dn. José Antonio Romero, cuya resolución el Presidente que firma tiene a bien de poner al conocimiento de V. E. de orden de dicha Honorable Sala(4).

(4) Ley del 22 de Mayo de 1839 aceptando el Congreso la renuncia del Gobernador Propietario Manuel Antonio Ferré, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes.

Corolario: Manuel Antonio Ferré es el 7mo. Gobernador Constitucional Propietario de Corrientes. Como propietario, administrará la provincia trece días, desde el 9 de Mayo al 22 de Mayo de 1839, día este último en que el Congreso acepta su renuncia.

- José Antonio Romero, Gobernador Propietario

Tras cartón, el mismo día (22 de Mayo de 1839), el Congreso General nombra Gobernador Provisorio hasta tanto asuma el nuevo Gobernador Propietario, que será el coronel José Antonio Romero:

Sala de Sesiones, Corrientes, Mayo 2 de 1839

¡Viva la Federación Argentina!
Año 30 de la Libertad y 24 de la Independencia

El H. C. G. al Exmo. Señor Gobernador Interino de la Provincia.
El Honorable Congreso General de la Provincia, en Sesión de este día ha acordado y decreta lo siguiente:
Art. 1.- Queda nombrado Gobernador Interino de la provincia el ciudadano Dn. Pedro Dionisio Cabral hasta tanto se reciba el electo en propiedad, el ciudadano coronel Dn. José Antonio Romero.
Art. 2.- Transcríbase para su inteligencia y efectos consiguientes(5).

Angel Mariano Vedoya - Presidente
José Manuel Regueral - Secretario

(5) Ley del 22 de Mayo de 1839, designando el Congreso Gobernador Interino hasta que se reciba del P. E. el titular coronel Romero, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes.

Sala de Sesiones, en Corrientes, Mayo 22 de de 1839

¡Viva la Federación Argentina!
Año 30 de la Libertad y 24 de la Independencia

El H. C. G. al Exmo. Señor Gobernador Delegado de la provincia.
El Honorable Congreso General, en Sesión de este día, ha procedido al nombramiento de Gobernador y Capitán General de la provincia en virtud de haberse admitido la renuncia hecha de dicho cargo al señor coronel Dn. Manuel Antonio Ferré, cuya elección recayó por unanimidad de sufragios en la persona del señor coronel Dn. José Antonio Romero.
En su consecuencia ha acordado y sancionado lo siguiente:
Art. 1.- Queda nombrado Gobernador y Capitán General de la provincia el coronel ciudadano Dn. José Antonio Romero.
Art. 2.- El gobernador electo se personará a la brevedad posible en esta capital a prestar el juramento de la ley.
Art. 3.- Transcríbase al P. E. para su conocimiento y efectos consiguientes.
Y de orden de la Honorable Sala, el Presidente que suscribe tiene el honor de poner al conocimiento de V. E. la antecedente Honorable Sanción.
Dios guarde a V. E. muchos años(6).

Angel Mariano Vedoya - Presidente
Juan Manuel Regueral - Secretario

Corrientes, Mayo 23 de 1839

"Cúmplase la presente Honorable Resolución, publíquese en la forma de estilo e insértese en el Registro Oficial".

Pedro D. Cabral

(6) Ley del 22 de Mayo de 1839 designando -el Congreso- Gobernador Propietario al coronel Romero, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes.

Después de Pago Largo, el hombre fuerte del momento era Juan José Pascual Echagüe y era él quien no se conformó con las designaciones de los Ferré, imponiendo para gobernador el nombramiento de José Antonio Romero.

Hay que recordar que se intentaba cubrir el trienio 1836-1839 que comenzó con Atienza (el segundo período), luego con Berón de Astrada -ambos fallecieron-; para continuar con Manuel Antonio Ferré y ahora con Juan Antonio Romero.

El 3 de Julio de 1839 entró Romero en la capital y el 6 de Julio de 1839 prestó juramento. Es el 8vo. Gobernador Constitucional Propietario de Corrientes.

El coronel Romero estará en la ciudad capital hasta el 23 de Julio de 1839, en que el estado de conmoción de la campaña hizo urgente y necesaria su salida, dejando de delegado a Juan Manuel Vedoya. Romero será destituido por ley del 6 de Octubre de 1839.

- Domingo Latorre, Gobernador Constitucional Propietario

Domingo Latorre fue Gobernador Provisorio desde el 3 de Marzo de 1851, al ausentarse fuera de la provincia el propietario, Benjamín Virasoro, con el objeto de marchar -como Mayor General- en la cruzada contra Manuel Oribe y Juan Manuel de Rosas, la cual terminó con la caída del primero el 8 de Octubre de 1851 y con la del segundo en Caseros, el 3 de Febrero de 1852.

El Congreso General -el 2 de Julio de 1852- dicta una ley deponiendo al gobernador Virasoro y nombrando -en carácter de Propietario- al provisorio Domingo Latorre:

Sala de Sesiones, en Corrientes, Julio 2 de 1852

¡Viva la Confederación Argentina!

El Honorable Congreso General de la provincia, convocado y reunido extraordinariamente con fecha del día anterior, habiendo tomado en seria consideración la solicitud del coronel y Comandante General de la Frontera del Centro y jefe de las fuerzas de los Departamentos de Curuzú Cuatiá, Mercedes, Sauce, San Roque, Yaguareté Corá, San Miguel, Restauración y Goya, don Nicanor Caceres e, igualmente, las peticiones sucesivas de los demás Departamentos y, por último la de la Capital, de que se deponga al general Virasoro del alto puesto de Gobernador y Capitán General de la provincia, fundada ésta, en que a mal grado de sus habitantes, ha hecho abuso con despotismo y tiranía del poder público que se le confió.
Ha resuelto que dichas peticiones se han establecido con observancia de todas las formas legales que pudieran requerirse en el caso; que el alto derecho que tienen los ciudadanos para hacerlo, cuando lo entienden demandar por el imperio del bien público, es incuestionable y sagrado; que el motivo en que hoy apoyan sus reclamaciones viene asistido de una justicia irrefragablemente notoria; y que siendo cuanto se deja expuesto, la soberana voluntad del pueblo, superior a todas las instituciones sociales y el ejercicio de sus altas facultades, el Honorable Congreso General, en uso de las que al presente reasume en consecuencia de los sucesos mencionados y sin más móvil que la mejor actualidad del país, Acuerda y Decreta con fuerza de ley los artículos siguientes:
Art. 1.- El general, don Benjamín Virasoro, queda depuesto del supremo mando de Gobernador y Capitán General de la provincia.
Art. 2.- Se le retira la plenipotencia que se le concedió para los negocios de Paz, Guerra y Relaciones Exteriores concernientes a esta provincia.
Art. 3.- Se confiere la investidura de Gobernador y Capitán General propietario de la provincia, al ciudadano Dn. Domingo Latorre, actual Gobernador Provisorio de la misma, por todo el tiempo que falta al magistrado depuesto para el lleno del período legal que se le asignó.
Art. 4.- El ciudadano electo ocurrirá mañana a la Sala de Representantes, a las 12 del día, para prestar el juramento constitucional como Gobernador y Capitán General propietario de la provincia.
Art. 5.- Comuníquese al P. E. para todos los efectos consiguientes(7).

Tiburcio G. Fonseca - Presidente
Pedro C. Parras - Secretario

Corrientes, Julio 3 de 1852

Cúmplase la precedente Honorable Resolución, publíquese y circúlese”.

Domingo Latorre

(7) Ley del 2 de Julio de 1852, declarando cesante al gobernador titular, general Virasoro, y designando a Domingo Latorre, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes.

Sala de Sesiones, Corrientes, Julio 3 de 1852

¡Viva la Confederación Argentina!

Al Exmo. Sr. electo Gobernador y Capitán General propietario.
El Honorable Congreso General de la provincia ha recibido en estos momentos la muy apreciable Nota de V. E. llena de fuertes razones con que suplica se le admita la dimisión del alto cargo de Gobernador y Capitán General propietario de la provincia que sus compatriotas le confirieron ayer por el órgano de sus legítimos Representantes.
El H. C. P. torna a V. E. iguales fundamentos o, si se quiere, los mismos para no admitirle su encarecida renuncia.
La patria exige de V. E. una resignación en las presentes circunstancias y ese tributo se lo exige como la esencia más valiosa de todas las virtudes que hacen estimada su persona inequívocamente en el concepto de sus conciudadanos.
A nombre pues del pueblo a que V. E. debe su nacimiento; a nombre de su amada patria, la Representación soberana de la provincia no difiere a su esforzada renuncia y es a su nombre y ruego que le llama irrevocablemente hoy mismo en este acto a llenar el augusto juramento que promete la felicidad de Corrientes.
Dios guarde a V. E. muchos años(8).

Tiburcio G. Fonseca - Presidente
Pedro C. Parras - Secretario

Corrientes, Julio 3 de 1852

Acúsese recibo y publíquese”.

Domingo Latorre

NOTA:

El gobernador Latorre aceptó esta ley, prestó juramento el mismo día y entró en posesión del P. E. El día 5 de Julio de 1852 -ante nuevo oficio del general Cáceres- el P. E. fue llamado al seno del Congreso y anticipó su renuncia. Interpuesta con esa fecha se dio la ley de ese día”.

(8) Ley del 3 de Julio de 1852 no aceptando la renuncia hecha del cargo de Gobernador por el electo Domingo Latorre, en el Archivo General de la Provincia de Corrientes.

Sala de Sesiones, en Corrientes, Julio 5 de 1852

¡Viva la Confederación Argentina!

El Honorable Congreso General de la provincia: Habiendo tomado en consideración la nueva renuncia hecha por el ciudadano Dn. Domingo Latorre del alto cargo de Gobernador y Capitán General propietario de la provincia, acuerda y decreta la siguiente ley:
"Art. 1.- Se admite la nueva renuncia que hace el ciudadano Dn. Domingo Latorre del supremo cargo de Gobernador y Capitán General de la provincia.
Art. 2.- Se nombra en su lugar al ciudadano Dn. Luis Molinas en los mismos términos de la ley de 2 del corriente, quien ocurrirá lo más pronto posible a prestar el juramento de ley.
Art. 3.- Se nombra Gobernador Provisorio al ciudadano Dn. Manuel Antonio Ferré hasta nueva resolución, quien se posesionará en el acto del alto cargo que se le confiere.
Art. 4.- Comuníquese al P. E. y a quienes corresponda para todos los efectos consiguientes(9).

Tiburcio G. Fonseca - Presidente
Pedro C. Parras - Secretario

Corrientes, Julio 5 de 1852

Cúmplase la presente Honorable Sanción y publíquese”.

Domingo Latorre

(9) Ley del 5 de Julio de 1852 aceptando la renuncia del gobernador Domingo Latorre, designando titular y un gobernador provisorio.

Corolario: Domingo Latorre es el 13er. Gobernador Constitucional Propietario de Corrientes. Como propietario, administrará la provincia dos días, desde el 3 de Julio al 5 de Julio de 1852, día este último en que el Congreso acepta su renuncia.

Lo que otorga oscuridad al proceso es que Latorre administró previamente la provincia como Provisorio durante 16 meses continuos, no advirtiéndose que los dos días que gobierna como Propietario tienen gravitación institucional.

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