Actuación del comisionado Saá
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Reunido Saa en San Luis con el personal de la Comisión, comenzó sus gestiones haciéndose conocer de los insurrectos por medio de una nota que también firmó Lafuente. La nota era suave y conciliatoria.
El comisionado se dirigía a Coll -a quien titulaba gobernador interino- y le expresaba que la intromisión federal iba a ser provechosa en esos momentos en que la nación entera estaba alarmada por sucesos de los que se podía deducir que no existía en San Juan libertad bastante para organizar un Gobierno surgido de la voluntad del pueblo y que podían asimismo llevar al público la creencia de que el Gobierno de Coll fuese solamente expresión de una facción política.
Terminaba diciendo que, para evitar todo reproche y legalizar y robustecer la acción del Gobierno que debiese presidir los destinos de la provincia, creía muy benéfico y útil que fuese encargado de su organización el poder federal, por medio de su representante. Al firmar esta nota, Saa parecía desligarse de su deber de reponer a la Legislatura derrocada, en abierta contradicción con las indicaciones del decreto cuyo cumplimiento se le confió.
Debíase tal ocurrencia a sugestiones del secretario Lafuente. Sarmiento apañaba el manejo: mantenía comunicación activa con Aberastain y Lafuente, y aconsejaba actitudes y procederes hijos de su exaltación febril.
Había comunicado a Aberastain -su amigo desde la infancia- noticias erróneas fáciles de engendrar situaciones graves; habíale informado que las primeras comunicaciones llegadas a Paraná, al parecer por conducto del gobernador de Mendoza, hablaban de espantosos accesorios, como ser mujeres asesinadas bárbaramente, y atribuían a Peñaloza la dirección del movimiento; y sobre tales comunicaciones estaba, según él, basado el decreto de intervención. Por tanto, aconsejaba a Aberastain que se despreocupase por el decreto, contando con que sería revocado, y que sólo lo resistiera en lo que fuese oportuno para resguardar los derechos de la provincia(1).
(1) Sarmiento. Carta de Diciembre 1 de 1860, en: “Obras de D. F. Sarmiento” (1900), tomo XLV, p. 92. Ed. Imprenta Mariano Moreno, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
“El Nacional”, por su parte, incitaba al presidente a que enderezase el desacierto cometido con la designación de Saa, al que calificaba de hombre oscuro, sin representación ni autoridad moral. Tras el denuesto venía la amenaza: Derqui debía nombrar otro comisionado o atenerse a consecuencias previsibles, pues a Aberastain nadie se le impondría con leyes carentes de derechos(2).
(2) Nro. 2.339, Diciembre 1 de 1860. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Conocida la opinión imperante en Buenos Aires, forzoso es admitir que Lafuente se desempeñaba con eficacia. El secretario había logrado embaucar a Saa. y su regocijo aumentaba por momentos. El comisionado se le mostraba cordialísimo y escuchaba confiadamente sus consejos.
El 8 de Diciembre fueron licenciadas las milicias puntanas; nuevo triunfo de Lafuente. El acuerdo entre comisionado y secretario era completo respecto a la política a observar. Pensaban ambos aprobar todos los actos de organización interna que se hubieran practicado, con tal de que estuviesen de acuerdo con la Constitución local; y en cuanto a los sucesos ocurridos, levantarían un sumario por la autoridad competente y lo remitirían luego a Paraná, desentendiéndose de su resolución.
Todo perecía avenirse al resultado que apetecían los porteños. Sólo un inconveniente podía surgir, producido por el empecinamiento de los sediciosos sanjuaninos: su decisión de cerrar las puertas a los emisarios federales. La idea intranquilizaba a Lafuente: “¡Ojalá Dios ilumine a los sanjuaninos -decía-; pues si nos reciben bien, habrán afianzado la conquista que han hecho!”(3)
(3) Lafuente. Carta al gobernador Mitre (Diciembre 8 de 1860), en: “Archivo del general Mitre” (1913), tomo XXII, p. 97. Ed. Biblioteca del diario “La Nación”, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Estaba escrito que Dios no iluminaría a los insurrectos. La respuesta de éstos alejó toda duda: la autoridad nacional tenía que sujetarse a las normas constitucionales; dichas normas especifican claramente los casos de intervención, en ninguno de los cuales se encontraba la provincia; y si el Gobierno Federal carecía de derecho para intervenir, tampoco podía hacerlo su representante...(4).
(4) Coll. Nota al comisionado Saa (Diciembre 10 de 1860), en: “Informe del comisionado, coronel don Juan Saa” (1861), p. 48. Ed. Imprenta del Estado, San Luis. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
El movimiento sanjuanino redactaba su programa, que en momento ni circunstancia alguna habría de modificar. Derqui se mostró sorprendido por la actitud de Aberastain. La nota -dijo- “me hace dudar del buen sentido de ese hombre, que puede con el ‘Chacho’ y habla como amo”(5).
(5) Derqui. Carta al gobernador Mitre (Diciembre 24 de 1860), en: “Archivo del general Mitre” (1913), tomo VII, p. 41. Ed. Biblioteca del diario “La Nación”, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Enseguida de firmar la nota, Coll se dirigió a Lafuente en carta amistosa. No obstante el rechazo de la intervención, Coll recibiría a los agentes federales solamente porque iban a legalizar sus actos. Estos consistían nada menos que en el derrocamiento de la Legislatura y el asesinato del gobernador, la instalación de un nuevo Cuerpo de diputados y el nombramiento de otro gobernador; faltaba únicamente colocar a éste en su cargo...
La carta añadía varias recomendaciones: que todo lo examinasen con calma e imparcialidad; que suprimiesen cualquier ostentación de fuerza armada; que evitasen pasar por Mendoza, pues su influencia siempre fue funesta a la provincia; que ningún mendocino se agregase a la comitiva(6).
(6) Coll. Carta de Diciembre 11 de 1860, en: “Obras de D. F. Sarmiento” (1900), tomo XLV, p. 65. Ed. Imprenta Mariano Moreno, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
La nota de los insurgentes había definido su actitud rebelde; sin embargo, Lafuente prosiguió su obra e indujo al comisionado a que expresase en documento oficial que los sediciosos lo reconocían en el carácter con que había sido investido, como así que acataban la suprema autoridad nacional(7).
(7) Saá. Nota al ministro Olmos (Diciembre 18 de 1860), en: “Archivo del general Mitre” (1913), tomo XXII, p. 104. Ed. Biblioteca del diario “La Nación”, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
¿Cómo pudo suscribir Saá semejantes afirmaciones? Lafuente dio la explicación; habíase organizado en torno del comisionado un incesante trabajo, que lograba mantenerlo en sus anteriores ideas acerca de los asuntos de San Juan, aunque algo vacilante...(8).
(8) Lafuente. Carta al gobernador Mitre (Diciembre 21 de 1860), en: “Archivo del general Mitre” (1913), tomo XXII, p. 105. Ed. Biblioteca del diario “La Nación”, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
A su paso por Mendoza, Saa se hospedó en la casa de su deudo y amigo, el gobernador Nazar, quien lo despertó al cumplimiento de sus deberes. El retorno al buen camino se efectuó sin violencia ni desagrado, favorecido por conjunciones especiales, pues ni las simpatías de Saa ni las de Nazar podían ir hacia los insurrectos sanjuaninos; el primero había tenido que sofocar poco tiempo antes una insurrección de tinte liberal promovida contra su Gobierno por el coronel José Iseas, en los Departamentos del norte de San Luis; y el segundo era combatido en Mendoza por un partido que se había pronunciado en favor de Aberastain y que llegó a ofrecer a éste el concurso de la sangre de muchos de sus miembros, entre los cuales contaron personajes de significación, como el coronel Pablo Videla y los jóvenes Arístides Villanueva y Salvador Civit.
Derqui opinó como Nazar. Comprendiendo que los insurrectos estaban dispuestos a la resistencia y que se valdrían de la fuerza o la astucia, recomendó al comisionado que se preparase para dejar bien puesto el honor de las armas nacionales -en el primer caso- y para desechar los expedientes moratorios, en el segundo(9).
(9) Derqui. Carta al comisionado Saá (Diciembre de 1860), en: Juan W. Gez. “Historia de la provincia de San Luis” (1916), p. 154. Ed. J. Weiss y Preusche, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Aun desconociendo el juicio del presidente, el comisionado resolvió cumplir el decreto en todos sus términos. Los insurrectos intentaron detener la decisión, enviando a Mendoza a Ruperto Godoy y al doctor Santiago S. Cortínez, quienes reprodujeron los rígidos conceptos antes enunciados.
El Acuerdo era imposible. Lafuente comprendió la inutilidad de todo empeño y el 24 de Diciembre dimitió el puesto de secretario; igual actitud adoptaron los jefes adscriptos, Conesa y Paunero. La separación de los adjuntos porteños no sorprendió al presidente: la prensa había amenazado de muerte al partido federal y éste había llevado por instinto la mano a las armas:
“¡Ojalá no se realice -escribió Derqui a Mitre- lo que dije a usted en una de mis anteriores: que el señor Sarmiento concluiría por hacer degollar a sus amigos de San Juan!”(10).
(10) Derqui. Carta al gobernador Mitre (Enero 8 de 1861), en: “Archivo del general Mitre” (1911), tomo VII, p. 45. Ed. Biblioteca del diario “La Nación”, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
El comisionado aceptó las renuncias y designó secretarios al ministro de Mendoza, Nicasio Marín, y al juez de San Luis, José Elías Rodríguez; y el sol del día 27 de Diciembre lo sorprendió en marcha hacia San Juan, al frente de milicias puntanas y mendocinas.
Los insurrectos evidenciaron igual premura: Aberastain asumió el cargo de gobernador el 29 de Diciembre y lanzó al día siguiente un manifiesto de guerra, en el que negó acatamiento al comisionado porque tomaba decisiones sin el secretario que nombró el Ejecutivo y porque su conducta e inteligencia con el Gobierno de Mendoza lo volvían sospechoso.
Rechazábalo como representante federal y anunció que pediría su reemplazo con otro funcionario, más imparcial y competente(11).
(11) Aberastain. Manifiesto, en: Saá. “Informe del comisionado, coronel don Juan Saá” (1861), p. 65. Ed. Imprenta del Estado, San Luis. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
La Legislatura formuló una declaración parecida y puso la provincia en estado de defensa para repeler cualquier invasión que se le llevara(12).
(12) “Legislatura de San Juan”, sesión de Diciembre 30 de 1860. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Las ideas enunciadas en el manifiesto aparecen repetidas y desarrolladas en la importante nota que Aberastain dirigió al comisionado el 2 de Enero de 1861. En ella sostuvo que la Comisión interventora estaba compuesta por Saá y Lafuente, y que así como únicamente el Gobierno Federal podía nombrar el sustituto del primero, así también sólo él tenía poder para reemplazar al segundo.
El comisionado desatendió la observación. Considerábase con autoridad bastante para proceder por sí, porque era él quien representaba al Gobierno Federal y la representación se había acordado a una sola persona y no a dos(13).
(13) Saá. “Informe del comisionado, coronel don Juan Saá” (1861), p. 18. Ed. Imprenta del Estado, San Luis. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
El presidente aprobó su conducta, manifestando su plena conformidad y acuerdo con los nombramientos efectuados(14).
(14) Resolución (Enero 13 de 1861), en: “Boletín Oficial”, (Paraná), Nro. 77, Febrero 2 de 1861. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
En la citada nota, Aberastain expresó que la acción del comisionado era inconstitucional y debía contemplarse como acto de guerra civil, conforme al artículo 109, pues no encuadraba dentro de los artículos 6to., 23 ni 86, y sólo sería aplicable el 5to. bajo el supuesto de que fuesen exacto los fundamentos del decreto de intervención, lo cual negaban pueblo y Gobierno.
Y terminó diciendo que recibiría en paz al interventor si lo acompañase un secretario nombrado por el Ejecutivo y, aun así, si se limitara a examinar el cumplimiento del goce y ejercicio de las instituciones provinciales, absteniéndose de participar en modo alguno en el nombramiento de las autoridades ni en la calificación de la legalidad de éstas(15).
(15) Aberastain. Nota al comisionado Saá, en Saá. “Informe del comisionado, coronel don Juan Saa” (1861), p. 84. Ed. Imprenta del Estado, San Luis. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Coll ya había sostenido la improcedencia de la intervención; agregábase ahora que tampoco cabía el estado de sitio porque no existía conmoción del orden que pusiese en peligro las leyes o autoridades nacionales, ni la entrada de fuerzas porque no había necesidades de la nación a qué atender.
El derecho del Gobierno Federal quedaba circunscripto al envío de un comisionado para que verificase si la provincia estaba en el goce y en el ejercicio de sus instituciones, a efectos del reconocimiento y protección pertinentes.
Por otra parte, el hecho de estar la Comisión desintegrada, impedía el cumplimiento de la misión y creaba el caso constitucional de un gobernador que, al frente de fuerzas de su provincia y de otra vecina, invade el territorio de una tercera; hostilidades de hecho, actos de guerra civil, calificados de sedición o asonada.
Ganar tiempo era esencial para Aberastain. Desde San Juan las cosas se contemplarían con algún optimismo y no se creerían cerrados los caminos de una solución pacífica, no ya dada por Saa, sino por Derqui. El público desconocía el tenor de las instrucciones y, eso, quitando definición suficiente al pensamiento presidencial, consentía interpretaciones antojadizas.
Sarmiento esperaba la modificación del decreto mismo y, el partido del cual éste era miembro conspicuo podía ejercer influencia ante el presidente. Aberastain y sus amigos confiarían por lo menos en que la divergencia producida dentro del personal de la intervención repercutiese en Buenos Aires y Paraná, resolviéndose en alguna nueva fórmula favorable a ellos.
Las previsiones iban bien encaminadas. Por de pronto, el Gobierno de Buenos Aires se pronunció en favor de las autoridades insurrectas en términos explícitos y sugestivos. Dijo que los acontecimientos de San Juan, a los que era completamente ajeno, le resultaban muy satisfactorios y que si bien ocurrieron incidentes lamentables, nadie podría negar que merced a ellos el pueblo había recobrado su libertad encadenada(16).
(16) Mitre. Nota al gobernador Coll (Enero 3 de 1861), en: periódico “El Nacional”, Nro. 2.378, Enero 19 de 1861. Refrendaron la firma de Mitre sus tres ministros: Domingo Faustino Sarmiento, Rufino de Elizalde y Juan Andrés Gelly y Obes. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
A la vez que asumía esta grave actitud, prohibida por la Constitución al igual de todo otro contacto político entre provincias, los miembros del Gobierno de Buenos Aires redoblaron sus insistencias procurando una intervención pacífica.
El presidente accedió al fin a modificar las instrucciones. Habíase incorporado en esos días al gabinete, en el ramo de Relaciones Exteriores, otro personaje liberal, el doctor Francisco Pico y, éste y Riestra, convinieron con Derqui el cambio de política. El nuevo ministro redactó las instrucciones y Olmos las firmó.
Expresábase en ellas que resultaría sumamente sensible el empleo de las armas, extremo justificable únicamente en el caso de una resistencia declarada a la voz del derecho y después que se agotaran todos los medios pacíficos y razonables; establecíase que el comisionado se limitaría a garantir la libertad del sufragio y demás derechos originarios que la propia autonomía acordaban al pueblo sanjuanino, sin ejercer dicho funcionario presión ni influencia de ningún género en favor de partido ni persona alguna y sin permitir coacción moral ni física que una fracción pudiera ejercer sobre otra en el acto importante y solemne de las elecciones.
Y en lo referente a los sucesos del 16 de Noviembre, la orden era dejar a las autoridades que se constituyeran durante la intervención el conocimiento de las causas, así como la captura y juzgamiento de los delincuentes que hubiere(17).
(17) Instrucciones de Enero 14 de 1861, en: “Archivo del general Mitre” (1911), tomo VII, p. 63. Ed. Biblioteca del diario “La Nación”, Buenos Aires. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Las nuevas instrucciones diferían de las primitivas, como se ve, en cuanto no ordenaban el restablecimiento de las autoridades depuestas sino la organización de otras provisorias, olvidando la Legislatura derrocada y, en cuanto relevaban al comisionado de la obligación de aprehender y asegurar a los complicados en los sucesos.
Finalmente, un lenguaje sereno y mesurado reemplazaba al tono tremendo de la adjetivación primitiva.
Al dejar en el abandono a las autoridades derrocadas, Derqui incurría, posiblemente muy a su pesar, en una claudicación llamada a formar escuela. No sería ésa, en efecto, la única vez en que se reconocieran los derechos de la revolución -derechos desde luego no escritos en ninguna ley- por respeto a los cuales se olvidaría la obligación de reponer a las autoridades derrocadas, creyéndose cumplido el deber con la instalación de otras nuevas por medio de elecciones generales.
La claudicación de Derqui fue inocua; las nuevas instrucciones llegaron tarde a su destino. Si hubiesen llegado a tiempo, habrían consumado un desacierto constitucional sin variar en su esencia el desarrollo de los sucesos, pues en San Juan existía verdaderamente una resistencia declarada a la voz del derecho y las nuevas instrucciones, tal como las primitivas, ordenaban quebrar la resistencia por medio de las armas.
El 9 de Enero de 1860, Saa entró con su expedición en territorio sanjuanino, se declaró en posesión del Gobierno de la provincia, ordenó la presentación de las fuerzas armadas dentro de un plazo perentorio de tres horas y estableció el estado de sitio por el término de cuarenta días.
Aberastain replicó sin pérdida de tiempo desde el campamento de la Rinconada del Pocito, donde había reunido las milicias provinciales. Los momentos eran solemnes y más apropiados para la acción rápida que para disquisiciones jurídicas. Aberastain se limitó, por tanto, a reproducir parte de sus argumentos anteriores, pero aprovechó la ocasión para establecer un principio cuya violación por el comisionado le parecía un desafuero digno de evidenciarse:
“Aun cuando vuecencia -escribió- fuera todavía legítimo representante del Gobierno Nacional, no tendría facultad para reasumir el mando de la provincia, porque intervenir no es sustituir”(18).
(18) Aberastain. Nota al comisionado Saá (Enero 9 de 1861), en: Saa. “Informe del comisionado, coronel don Juan Saa” (1861), p. 85. Ed. Imprenta del Estado, San Luis. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
¡Intervenir no es sustituir! Aquí sí tocaba Aberastain una cuestión importante: la de si el comisionado puede asumir el Gobierno de la provincia intervenida. La cuestión no era nueva, y había sido planteada en varias ocasiones durante el período de la Confederación.
La promovió primero en la Cámara de Diputados de la Confederación el que después sería ministro de San Juan, doctor Saturnino M. Laspiur. La intervención en aquella provincia tenía por objeto restablecer el orden público, y Laspiur dijo que de esto a sustituirse el poder nacional al provincial existía una radical diferencia.
Derqui, a la sazón ministro del Interior, había practicado en todos los casos el sistema de la asunción del Gobierno por los comisionados y estaba satisfecho de su conducta, que la creía inmejorable, porque, cuando el orden desapareciera, junto con éste se anulaba el Gobierno y el comisionado tenía forzosamente que asumir las funciones gubernativas para restablecerlo.
El diputado doctor Luis Cáceres, reputado profesor de la Universidad de Córdoba, declaró que siempre debía cumplirse el principio en cuya virtud las provincias se gobiernan por sí solas(19).
(19) “Cámara de Diputados de la Confederación”, sesión de Agosto 14 de 1857. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
Las razones de Laspiur y Cáceres no hallaron eco en la Cámara, y la tesis del ministro quedó triunfante.
La segunda protesta fue iniciada en el Senado de 1859, por el doctor Salustiano Zavalía, al presentar un proyecto de ley que ordenaba suspender una intervención en Mendoza. Dijo Zavalía que el principio de la independencia provincial estaba eclipsado -si es que podía llamarse eclipse a un fenómeno que duraba ya algunos meses- por cuanto un Comisionado Nacional se había erigido en gobernador, sin haber recibido los sufragios del pueblo mendocino(20).
(20) “Senado de la Confederación”, sesión de Julio 21 de 1859. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
El proyecto obtuvo el asentimiento de las Comisiones de Legislación y de Negocios Constitucionales y aún el del mismo Senado. Los miembros de las Comisiones citadas -Nicolás A. Calvo, Angel Elías, Agustín J. de la Vega y Martín Zapata- expresaron que lo apoyaban por entender que el Senado, representante de las autonomías, debía cuidar que de ninguna manera se menoscabasen las regalías de ellas y los derechos de gobernarse a sí mismas que se habían reservado.
El senador Calvo declaró que en Mendoza se estaban violando varios preceptos constitucionales: el que dispone que las provincias conservan todo el poder no delegado; el que les permite darse sus propias instituciones y regirse por ellas, eligiendo sus gobernadores, legisladores y demás funcionarios, sin intervención del Gobierno Federal; y el que obliga a éste a garantir a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.
Violábase el primer precepto, dado que ni por él ni por otro alguno se delega en el Poder Ejecutivo Nacional la facultad de gobernar las provincias mediante comisionados; el segundo, porque en el hecho el Ejecutivo daba gobernador a una provincia; y el tercero, por cuanto se estaba pervirtiendo el goce y ejercicio de las instituciones por medio de la negación del Gobierno propio.
En términos parecidos se expresó el senador por Mendoza, Martín Zapata. A continuación, el ministro Derqui declaró que la medida era indispensable para asegurar el orden público, pues careciendo de autoridad legítima la provincia, únicamente el poder nacional podía desempeñarla.
Por otra parte, en las intervenciones anteriores los comisionados habían ejercido la autoridad local hasta la elección de los poderes provinciales y, ese proceder había sido aprobado por el Ejecutivo, por la nación entera y hasta por el Congreso con su silencio.
Zavalía refutó a Derqui con el texto constitucional que dispone la elección de los gobernadores, legisladores y demás funcionarios de provincia sin la injerencia federal y sostuvo que si en Mendoza no hubiesen autoridades, debía suspenderse la intervención para que se realizaran los comicios correspondientes, porque los que se verificasen bajo la intervención serían nulos, como contrarios al claro y terminante precepto constitucional.
Derqui declaró que el precepto citado era valedero en circunstancias normales, pero no en las verdaderamente extraordinarias que significa la intervención, a lo que replicó Zavalía que el precepto por él invocado era prohibitivo además de general, por cuya causa rechazaba excepciones y distinciones.
Díaz Vélez acudió en apoyo del ministro, declarando que dejar librada una provincia a la acción espontánea de sus ciudadanos, cuando faltase en ella el Gobierno local, equivalía a entregarla al desorden que la Constitución Nacional combate.
El senador Saravia entendía por intervención el empleo de la fuerza pública en una provincia y nada más que eso, excluyendo por lo tanto toda participación en el orden interno; y a efectos de dar aplicación a sus ideas y asegurarles imperio en lo futuro, presentó un proyecto de ley sobre intervenciones, en uno de cuyos artículos formuló el principio de que en ningún caso ni por motivo alguno el Gobierno Federal podría sustituirse al Gobierno de provincia ni ejercer por sí o por comisionados actos que perteneciesen al fuero provincial(21).
(21) “Senado de la Confederación”, sesión de Julio 26 de 1859. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
El Senado aprobó el proyecto de Zavalía, pero la Cámara de Diputados no lo trató; y la intervención continuó en Mendoza por espacio de un mes más. En cuanto al proyecto de Saravia, el Senado omitió discutirlo.
La tercera vez promovieron la cuestión Gómez y Laspiur, luego de haber sido desposeídos del Gobierno de San Juan y en ocasión de estar abocados al juicio político que debía ventilarse en el Congreso.
Sostuvieron aquéllos que la asunción del Gobierno local por los comisionados no podía justificarse bajo ningún pretexto, ni aún con el del estado de sitio, porque éste no confiere facultades extraordinarias que, según el artículo 29 de la Constitución, infaman al que las ejercita y lo convierten en traidor a la patria; pero a continuación declararon que los comisionados podían asumir el Gobierno en dos únicos casos: cuando las autoridades constitucionales hubiesen sido derrocadas por la sedición y al solo objeto de restablecerlas, y cuando la provincia se hubiese sublevado contra los poderes nacionales(22).
(22) Gómez. Laspiur. “Refutación al memorándum presentado por Comisión Derqui-García-Galán sobre los sucesos ocurridos en San Juan durante la prisión y muerte del general Benavídez” (1859), p. 55. Ed. Imprenta Tres de Febrero, Córdoba. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
La cuarta vez, finalmente, la cuestión preocupó al Senado de la Confederación. El senador Angel Elías preguntó si la autorización conferida al Ejecutivo para intervenir en La Rioja le facultaba a asumir la autoridad local. Contestó el senador, general Tomás Guido, pronunciándose por la negativa.
Guido no reconocía derecho al Gobierno Federal para imponer -ni provisoriamente- gobernadores y consideraba acto de violencia el encumbramiento de una autoridad, por limitada que fuere, si no tuviera su origen en el sufragio libre de cada provincia; no obstante, declaró acto seguido que había circunstancias en las cuales el poder federal, por haber desaparecido las autoridades legítimas, debiera valerse para ciertos actos indispensables de un órgano de Gobierno, que bien podría llamarse comandante general o gobernador.
El senador, doctor Marcos Paz, dijo que no había una sola delegación, entre todas las hechas por las provincias al Gobierno Federal, que facultara al presidente a arrogarse ese derecho; por consiguiente, nunca los representantes federales podían asumir funciones provinciales.
El senador Arias expuso que la doctrina del Ejecutivo, según sus noticias, coincidía con la de sus colegas. Y Elías cerró el debate declarando que su conciencia quedaba tranquila porque el país reconocería que el Senado reprobaba la doctrina hasta entonces triunfante(23).
(23) “Senado de la Confederación”, sesión de Septiembre 5 de 1860. // Citado por Luis H. Sommariva. “Historia de las Intervenciones Federales en las Provincias” (1931), tomo I, capítulo II: “El Gobierno de Paraná”. Ed. El Ateneo, Buenos Aires.
En el debate, las opiniones habían armonizado a medias, pues mientras unos prohibían en absoluto el ejercicio de la autoridad local, otros lo permitían momentáneamente en los casos de acefalía.
Cuando proclamó, pues, el principio de que intervenir no es sustituir, Aberastain tomó posiciones de avanzada dentro de un grupo de hombres ya convencidos de su tesis, conforme Derqui estaba alistado desde mucho tiempo antes entre los que sostenían la opuesta.
Aberastain pasaba a ser campeón entre los defensores de la primera tesis, pues su actitud dejaría de ser espiritual para corporizarse en lucha cruenta de personas y aún de pueblos; conforme también en esto a Derqui, cuya actuación como ministro y como comisionado lo había colocado de hecho al frente de los partidarios de la doctrina contraria.
Además, si bien Aberastain no protestaba contra un procedimiento nuevo o inusitado y si bien tampoco era cronológicamente el primero en la protesta, sin duda alguna su voz tuvo mayor resonancia y cobró mayor valor entre todas, porque la magnitud de los sucesos y el sacrificio de su vida la harían aparecer como emanada de ultratumba, y porque el fragor de las armas y la santidad de la sangre le darían el realce heroico que no pueden ostentar los debates legislativos.