El Gobierno Nacional resuelve organizar una fuerza veterana en territorio correntino
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16. III. 1825.- El Gobierno Nacional consulta la situación de Corrientes y resuelve organizar en ella una fuerza veterana
Buenos Aires, Marzo 16 de 1825
Empeñado el Gobierno del Ejecutivo Nacional en consultar la seguridad del territorio de la República y sin perder de vista las atenciones ulteriores para conquistar la integridad del mismo, ha creido de su deber no mirar con indiferencia la situación actual en que se halla la provincia de Corrientes, invadida a veces de los salvajes del Norte, limítrofe a las fronteras que ahora ocupa por la fuerza el Emperador del Brasil, y amenazada también por el Gobierno del Paraguay; consiguiente pues a unas circunstancias tan singulares, se ha convencido que sin un gran riesgo de dicha provincia, y de la misma República, no puede permanecer en el estado indefenso y casi discrecional en que se halla, sin que sea responsable a la Nación de no haber en tiempo anticipádose a tomar todas aquellas medidas que la pongan a cubierto en cuanto sea posible, de cualquiera invasión que se le pudiera hacer.
Por todo esto, después de meditado bien, y tomados todos los conocimientos que ha sido preciso consultar, ha resuelto el Gobierno General que, sin perder tiempo, se proceda en esa provincia a levantar uno o más Escuadrones de Caballería de línea y como parte del Ejército Nacional, cuya creación ya ha sido propuesta al Congreso General; más, antes de proceder a ello, el Gobierno ha querido anunciarlo al señor gobernador de Corrientes por medio de este extraordinario, para que dicho señor le indique y proponga todos los arbitrios y medidas que a su juicio puedan facilitar la más pronta realización de aquella fuerza y, en fin, cuanto crea conveniente expecificar a este objeto; en la inteligencia que para su logro se ha tenido muy en consideración la eficacia, patriotismo y actividad del señor gobernador, y que tan luego como se reciba su contestación, marchará un Jefe de conocimientos y de todas las calidades necesarias para proceder a la formación y organización de los Escuadrones, llevando consigo algunos oficiales y sargentos que le auxilien en la instrucción, pues los demás deberán ser nativos de esa provincia, entresacados de los jóvenes de educación y que estén indicados por lo mismo a llevar con honor los destinos que la patria les confíe, siendo advertencia que la indicada fuerza como nacional deberá ser pagada por el Erario General.
El ministro de la Guerra y Marina del Poder Ejecutivo General, al transmitir esta resolución al Exmo. Gobierno de la Provincia de Corrientes, aprovecha la agradable oportunidad de ofrecerle su consideración y respetos.
FRANCISCO DE LA CRUZ
Exmo Señor Gobernador de la Provincia de Corrientes.