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La cuestión del Patronato de la Iglesia

La cuestión más interesante del año fue la religiosa, que el gobernador Rafael León de Atienza llevó en Enero de 1835 ante el Congreso Provincial(1)La Administración se planteó la cuestión religiosa con la iniciación de procedimientos, para llegar a un Concordato con el obispo de Buenos Aires, doctor Mariano Medrano, que solicitaba su reconocimiento, pero este asunto sólo se solucionará durante el posterior Gobierno de Berón de Astrada.

(1) Memorial del 13 de Enero de 1835. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929), Capítulo XVIII. Edición del Estado.

Por esta época actuó como Vicario de la provincia y representante del obispo Medrano, el prestigioso sacerdote doctor José Francisco Cabral, que había ocupado la presidencia del Congreso General y de la Sala Permanente, a las que renunció el 31 de Enero de 1835.

Lamentablemente, este digno sacerdote falleció en Diciembre de 1835, autorizándose por ley, en mérito a los distinguidos servicios públicos prestados, que fuese enterrado en la Iglesia Matriz de la capital.

Debemos algunas aclaraciones. Por Bula Papal fechada en Roma, a 2 de Julio de 1832, el doctor Mariano Medrano, obispo de Aulón, in partibus infidelium, fue exaltado al cargo de titular del Obispado de Buenos Aires.

Los trámites para lograr el pase de esta Bula ante el Gobierno de Buenos Aires fueron largos y penosos para el designado quien, poseído de la preeminencia de hecho del gobernador de ese Estado, jamás gestionó de los de las provincias que integraban su jurisdicción eclesiástica el reconocimiento respectivo de su exaltación.

El trámite que el Gobierno de Buenos Aires imprimió al asunto, la intervención de una comisión asesora de canonistas de acuerdo a cuyos antecedentes decretó reconociendo al doctor Medrano en su carácter de obispo, hizo que éste recién pudiese dirigirse, en 1834, a las demás provincias que integraban el Obispado, haciendo presente estaba en posesión de la Silla Apostólica.

El 5 de Abril de 1834 se dirigió al Gobierno de Corrientes comunicando la circunstancia, ofreciendo sus respetos y servicios y esperando sus órdenes, que prometía cumplir con exactitud

Corrientes contestó el 15 de Junio de 1834 en términos generales, salvando de este modo los derechos de la provincia para examinar las Bulas y disposiciones pontificias relativas a la enunciada provisión e institución.

El asunto tenía su interés vital; la renta de diezmos -orgánicamente de la Iglesia- era el único recurso que el Gobierno tenía para ocurrir a las urgencias del Estado, conservando a la provincia en un grado de respetabilidad que debía mantenerse ante la situación general del país, renta que no podía devolverse a la Iglesia ni aún en un tanto, desde que ello implicaría la potestad de su control.

La provincia -como soberana- tenía la plenitud de los derechos de patronato, una de cuyas atribuciones, tal vez la más importante, consistía en el exequátur para el nombramiento de obispos, en la provisión de candidatos para ésa y otras dignidades de la Iglesia.

Comprendiendo el Obispado de Buenos Aires a varias provincias -entre ellas a Corrientes- y actuando todas con la plenitud de su soberanía desde que faltaba un Gobierno Nacional, ¿cuál de ellas debía ejercer el patronato en lo que respecta a la provisión del obispo? ¿Era mejor el derecho de Buenos Aires al de Corrientes, Santa Fe, etc.?

A fines de 1834, el obispo de Buenos Aires delegó en el ilustrado sacerdote, doctor Juan Francisco Cabral, la facultad de percibir las cuartas o porción que debían entregarle de sus emolumentos los Curas Párrocos de la provincia.

Cuando el 6 de Octubre de 1834 el doctor Cabral hizo presente al P. E. su comisión, éste difirió el asunto a lo que resolviese el Congreso de la provincia al que, el 13 de Enero de 1835, se dirigió en consulta, solicitando las reglas a que debía ajustar sus relaciones con la Iglesia además del caso concreto creado por el nombramiento de ese obispo sin la consulta de su candidatura.

El Congreso designó una comisión para dictaminar en la materia, formada por los señores, doctor José Simón García de Cossio, Pedro Díaz Colodrero y Justo Díaz de Vivar, la que se expide en fecha 23 de Enero (1835).

El dictamen es interesante. Después de observar la irregularidad en que había incurrido el Gobierno de Buenos Aires al no consultar al de Corrientes sobre la candidatura al obispado, ni sobre las líneas generales conforme a las que ejercitaría el patronato de la Iglesia, encontraba que ésa tenía excusas dignas de apreciarse.

Las veía tanto en la facultad que a Buenos Aires había dado la mayoría de las provincias “de entretener las Relaciones Exteriores”, como en el hecho de que Buenos Aires fuese la sede de la cabeza del Obispado o, en el propio sistema de federación adoptado por las provincias -incluso Buenos Aires- y cuyo concepto dejaba a salvo los derechos de cada una, conciliándolos con la necesidad urgente de declarar y resolver sobre aquellos generales de la Nación.

Fundándose en esas consideraciones, entendían los dictaminantes que el Gobierno de Corrientes no debía ocuparse de resolución alguna que importase retrotraer la cuestión, ante la necesidad de aceptar el nombramiento del obispo diocesano por los beneficios que traía a sus feligreses de la provincia.

Cualquier defecto que ofrezca su designación -agregaban- se subsana con la ratificación que el Gobierno de Corrientes haga, sin mengua de su decoro y sin comprometer sus derechos.

En cuanto a las reclamaciones sobre el tanto que correspondía al obispo sobre los emolumentos de los párrocos, la comisión declaraba -previa una liquidación de su importe- aconsejando ínter se la efectuaba fijarla en la suma anual de $ 200, procedimiento que estaba en las facultades del P. E.

Haciendo mérito de las facultades constitucionales del Gobierno para la provisión y presentación de las piezas y beneficios eclesiásticos, indicaba la necesidad de convenir un Concordato que consultase las posibles reclamaciones sobre diezmos y vacantes y sobre materia reservada en general a la soberanía de la provincia.

Dentro de estas ideas, fue orientada la solución del problema religioso, que debió retardarse. El doctor José Francisco Cabral, vicario de la provincia y representante del obispo Medrano, fallece en Diciembre de 1838 en medio del dolor general(2).

(2) Por ley del 13 de Diciembre de 1836 se autorizó, como un homenaje a sus servicios públicos, que el doctor Cabral fuese enterrado en la Iglesia Matriz. // Citado por Hernán Félix Gómez. “Historia de la provincia de Corrientes (desde la Revolución de Mayo hasta el Tratado del Cuadrilátero)” (1929), Capítulo XVIII. Edición del Estado.

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